La Comisión Europea ha publicado la última de las nueve recomendaciones y documentos de orientación para apoyar la labor de los países de la UE en la transposición a la legislación nacional de la Directiva revisada sobre eficiencia energética y su aplicación en la práctica. Los documentos de orientación publicados se refieren específicamente a cuestiones de consumo (con arreglo a los artículos 21, 22 y 24 de la nueva Directiva) y a los servicios energéticos (artículo 29). Al igual que las recomendaciones anteriores, las publicaciones tienen por objeto facilitar el trabajo de las administraciones nacionales aclarando cómo ve la Comisión los aspectos más complejos de la nueva legislación y proporcionando un enfoque o modelo común sobre estos nuevos requisitos en la legislación nacional, en todos los países de la UE.
En total, los nueve documentos de orientación publicados cubren los siguientes aspectos de la Directiva de Eficiencia Energética en los que se necesitan acciones para acelerar el progreso
- Orientación sobre el principio de eficiencia energética (artículo 3)
- Orientación sobre los objetivos de eficiencia energética y las contribuciones nacionales (artículo 4)
- Orientaciones sobre el consumo energético en el sector público , la renovación de edificios públicos y la contratación pública (artículos 5, 6 y 7)
- Orientación sobre la obligación de ahorro energético (artículos 8 a 10)
- Orientaciones sobre los sistemas de gestión energética y auditorías energéticas (artículo 11)
- Orientación sobre disposiciones relacionadas con los consumidores (artículos 21, 22 y 24)
- Orientación sobre el suministro de calefacción y refrigeración (artículo 26)
- Orientación sobre los servicios energéticos (artículo 29)
- Orientación sobre fondos nacionales de eficiencia energética, financiación y apoyo técnico (artículo 30)
Como ayuda adicional a las administraciones nacionales, la Comisión ha publicado también un informe de contratistas sobre buenas prácticas , en el que se detallan ejemplos de buenas prácticas sobre cómo podrían aplicarse las disposiciones nuevas y revisadas.
La nueva Directiva de Eficiencia Energética entró en vigor el 10 de octubre de 2023, por lo que los países de la UE tienen hasta el 11 de octubre de 2025 para transponer los nuevos elementos de la Directiva a su legislación nacional. Entre otras cosas, la Directiva revisada aumenta la ambición del objetivo de eficiencia energética de la UE , haciendo que sea vinculante para los países de la UE garantizar colectivamente una reducción adicional del 11,7% en el consumo de energía para 2030, en comparación con las proyecciones del escenario de referencia de la UE para 2020. También aumenta la obligación de ahorro energético anual, del 1,3% en 2024/25 al 1,9% en 2028. Sobre todo, las nuevas normas son cruciales para cosechar los beneficios más amplios de la eficiencia energética en términos de aumento de la competitividad de las empresas de la UE, reducción de los costes energéticos para las empresas y los hogares, haciendo que la descarbonización y la transición energética sean rentables y que Europa sea más resiliente al reducir la dependencia de las importaciones de combustibles fósiles, reducir la contaminación y mejorar la salud.