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Adoptada la Directiva sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial en la UE

El Consejo Europeo ha adoptado formalmente la Directiva sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CSDDD, por sus siglas en inglés). Las empresas deberán identificar y mitigar cualquier impacto adverso sobre los derechos humanos y el medio ambiente con respecto a sus propias operaciones, las de sus subsidiarias y las realizadas por sus socios. La Directiva se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los 20 días de su publicación.

El 23 de febrero de 2022, la Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial. El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional el 14 de diciembre de 2023.

Monitorear, prevenir y remediar los daños ambientales

La Directiva afectará a empresas de más de 1.000 empleados con un volumen de negocios de más de 450 millones de euros y sus actividades van desde la producción de bienes o la prestación de servicios hasta la distribución, el transporte o el almacenamiento de productos.

Las empresas afectadas por la legislación adoptada tendrán que adoptar e implementar un sistema basado en riesgos para monitorear, prevenir o remediar los derechos humanos o los daños ambientales identificados por la directiva.

Por otro lado, la Directiva exige que las empresas garanticen el respeto de los derechos humanos y las obligaciones medioambientales a lo largo de su cadena de actividades. De identificarse una violación de estas obligaciones, las empresas deberán tomar las medidas adecuadas para prevenir, mitigar, poner fin o minimizar los impactos adversos que surjan para sus propias operaciones, las de sus filiales y las de sus socios comerciales en su cadena de actividades. Las empresas pueden ser consideradas responsables de los daños causados ​​y deberán proporcionar una indemnización completa.

Las empresas afectadas por la Directiva también tendrán que adoptar y poner en práctica un plan de transición climática en consonancia con el Acuerdo de París sobre el cambio climático.

Aplicación de la normativa en función del tamaño de las empresas

Los Estados miembros tendrán dos años para implementar las normas y procedimientos administrativos para cumplir con este texto legal. Cabe resaltar que la Directiva se aplicará en función del tamaño de las empresas.

Así, será de tres años desde la entrada en vigor de la Directiva para empresas con más de 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación; cuatro años desde la entrada en vigor para empresas con más de 3.000 empleados y 900 millones de euros de facturación; y cinco años desde la entrada en vigor de la Directiva para empresas con más de 1.000 empleados y una facturación de 450 millones de euros.